sábado, 2 de abril de 2011

Funcionarios no conocen órdenes de Corte sobre población desplazada


ENTRE LOS obstáculos que tienen las mujeres víctimas del conflicto armado y en condición de desplazamiento para lograr que les garanticen sus derechos “está el desconocimiento que tienen algunos funcionarios respecto de las órdenes de la Corte” Constitucional, le expresó a EL NUEVO SIGLO la abogada Clarena Cardona, de la Casa de la Mujer, una de las organizaciones que integran la Mesa Nacional de seguimiento al Auto 092 de 2008.

Y es que “el Auto 092 le ordena al sistema que capacite a su funcionarios”, agregó la jurista tras señalar que “hay un incumplimiento por parte del Sistema Nacional de Atención a Víctimas y de las órdenes del Auto 092 principalmente en que los trece programas que debió haber implementado están en su fase inicial, no hay un seguimiento a esa implementación, no hay participación de las mujeres víctimas en el conflicto en el desarrollo e implementación de estos programas”.

Sobre el particular, Carolina Tejada, subdirectora del Programa para la Paz del Cinep (Centro de Investigación y Educación Popular), indicó que “justamente las políticas públicas necesitan de estructuras para realizarse y no podemos pensar en que se generen políticas públicas y dejemos las mismas estructuras en donde los funcionarios no tengan la capacitación, pero además no cuenten con las herramientas necesarias y donde además las administraciones locales se ven permeadas por la corrupción”.

Estos conceptos hacen parte de dos informes entregados el jueves a la Corte por la Mesa: “Balance de la implementación del programa de Promoción de la Participación de la Mujer Desplazada y de Prevención de la Violencia Sociopolítica contra las Mujeres Líderes de Población Desplazada” e “Informe de seguimiento al Auto 092 de 2008—Oriente Antioqueño”.

Incumplimiento A continuación algunas de las conclusiones y recomendaciones del “Balance”.

“A lo largo del presente informe se ha comprobado la persistencia de los problemas en el diseño y el precario estado de implementación del Programa de Promoción de la Participación de la Mujer Desplazada y de Prevención de la Violencia Sociopolítica contra las Mujeres Líderes de Población Desplazada”, con base en lo cual la Mesa concluye que, entre otros puntos, “la falta de una formulación clara e independiente del Programa ha ocasionado que, transcurridos más de dos años del Auto 092 en pro de garantizar los derechos de las mujeres desplazadas, no se esté dando cumplimiento a cabalidad de los criterios de racionalidad.

Los avances dados hasta el momento son mínimos en relación con la urgencia de tomar medidas frente a la situación de las mujeres”.

Además, sostiene el informe, “uno de los elementos clave para el desarrollo de una política pública específica, es la participación que en todos los ciclos de ella tenga la población beneficiaria, que para este caso son las mujeres desplazadas y las mujeres lideresas de la población desplazada. No obstante, las mujeres consideran que no han sido consultadas para la formulación de este programa, que el proceso con Acción Social y las demás Entidades ha sido solamente informativo sobre las propuestas del gobierno para la participación y la prevención del riesgo.

Es claro para la Mesa de seguimiento la diferencia entre la participación consultiva y la participación simple”.

“La política pública de desplazamiento forzado (específicamente los programas de protección), y las medidas puestas a disposición para garantizar la participación de la población desplazada (protocolo y su aplicativo) no se articulan con las órdenes dadas por la Corte Constitucional en el Auto 092 y siguientes”, puntualiza el informe.

“Específicamente”, dice el documento, “las mujeres han señalado que Acción Social llega a las diferentes ciudades y reúne un grupo de mujeres a las cuales les presenta unos lineamientos del programa, les pide que hagan un análisis de una sola parte de lo que compone el programa, por ejemplo de los temas que se deben tratar en los talleres de prevención del riesgo, y cuando regresan después de varios meses, llegan con un documento elaborado que no fue construido colectivamente pero que aparece avalado solamente con la participación en los talleres previos”.

Ignorancia “Resulta intolerable que luego de dos años de la decisión de la Corte en el Auto 092, los funcionarios públicos de las entidades territoriales no conozcan con exactitud las órdenes del Auto, lo que se demuestra en la baja destreza para orientar a las mujeres desplazadas y líderes y en la falta de articulación de la política pública local con las órdenes de la Corte Constitucional en esta materia”, precisa el informe.

Así mismo, “la Mesa considera que no se identifica ningún avance significativo en el diseño y la implementación del programa y sus dos componentes, por el contrario las situaciones fácticas que dieron origen a la orden de creación de este programa por parte de la Corte Constitucional permanecen y se recrudecen. Esto en razón a tres puntos específicos:

1. El programa no cumple con los mínimos de racionalidad en su conjunto;

2. Los avances que se han dado son parciales pero no cumplen con los criterios señalados por la Corte Constitucional en el Auto;

3. Dado que el proceso ha sido lento no ha logrado impactar a las Entidades Territoriales lo que profundiza las dificultades de las mujeres para interlocutar en términos de garantía y respecto de sus derechos como víctimas del conflicto armado”.

“Finalmente”, concluye el informe, “es de anotar la preocupación profunda de las organizaciones que hacen parte de la Mesa, por el incremento del riesgo y los ataques que han recibido las mujeres y organizaciones de población desplazada, así como las organizaciones acompañantes, en razón a su participación activa en los procesos de exigibilidad de derechos.

La continuidad de estos hechos vulnera de manera irremediable a las mujeres y trunca los procesos sociales de empoderamiento, exigibilidad y representatividad que tienen con sus comunidades, además de afectar estructuralmente sus relaciones sociales y familiares”.

Entre las recomendaciones que la Mesa señala para avanzar en “la respuesta que el Estado, como garante de los derechos humanos, debe dar a las mujeres víctimas del delito de desplazamiento forzado” está que “la participación debe ser entendida como un recurso efectivo para que las propuestas recogidas por las mujeres víctimas del delito de desplazamiento forzado, sean tenidas en cuenta de manera efectiva en todo el ciclo de la política pública, con el fin de garantizar que las acciones sean cercanas a las necesidades y reclamos de las mujeres víctimas”.

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