jueves, 31 de julio de 2008

Nuevo proyecto de ley para conductores borrachos


Los hijos únicos no están obligados a prestar el servicio militar

.

La Corte Constitucional eliminó cualquier condicionante para que los hijos únicos, en tiempos de paz, sean exentos de prestar el servicio militar obligatorio.

La norma contemplaba que los hijos de mujer viuda, divorciada, separada o madre soltera, estaban exentos de prestar el servicio obligatorio pero la Corte incluye a todos los hijos incluso aquellos que se encuentran con sus padres.

La Corte acogió la el concepto de la Procuraduría que señalaba que esta disposición establecía una discriminación contraria a la Constitución

Señala el alto tribunal que no se puede excluir del mismo tratamiento al “hijo único de hombre viudo, divorciado, separado o padre cabeza de familia”, ya que se incurre en una discriminación.

Explica la Corte que la redacción de la norma, se estaba prestando a interpretaciones equivocadas ya que solo se estaba beneficiando a los hijos de la mujer viuda , separada o divorciada.

martes, 29 de julio de 2008

Hasta 14 años de prisión en Colombia para quien tome foto pornográfica de menor de edad

.

Cualquier persona que saque una foto o grabe material pornográfico de menores, se enfrentará a una condena de 10 a 14 años en prisión y a una multa que va desde 61 hasta 693 millones de pesos.

Asímismo, con la misma pena pueden ser sancionados quienes exhiban o comercialicen, de cualquier forma, este tipo de material.

Las penas se aumentarán en una tercera parte si el responsable es familiar de la víctima. Así lo establece la Ley 1236, firmada por el presidente el 23 de julio pasado y que entró en vigencia ese mismo día.

De la misma manera, el que utilice o facilite el correo tradicional, Internet, el correo electrónico, el celular o cualquier otro medio de comunicación para obtener contacto sexual con menores de 18 años o para ofrecer servicios sexuales con estos, tendrá prisión de 10 a 14 años y una multa que va entre 30 y 346 millones de pesos.Estas últimas penas se podrán aumentar hasta en la mitad si los actos se realizan con menores de 14 años.

Además, si una persona arrienda, destina, mantiene, administra o financia una casa o establecimiento para la práctica de actos sexuales en los que participen menores de edad, incurrirá en prisión de 10 a 14 años y deberá pagar una multa entre 30 y 346 millones de pesos. Si el autor es familiar de la víctima, la pena se incrementará en una tercera parte.

Otras penas de la ley

Por acceso carnal violento, entre 12 y 20 años de prisión.Por acto sexual violento, entre 8 y 16 años, que puede aumentar a 20 años si la víctima está en incapacidad de resistir o en estado de inconsciencia o en condiciones de inferioridad psíquica.

Acceso carnal abusivo con menores de 14 años: prisión de 12 a 20 años.

Actos sexuales con menor de 14 años o en su presencia, o cuando se le induzca a prácticas sexuales, la pena será de 9 a 13 años. Las anteriores penas se pueden agravar cuando se cometen en grupo o acompañado de otra persona. También cuando el responsable tenga una posición o cargo que le dé autoridad sobre la víctima o la impulse a depositar su confianza en él, como por ejemplo un profesor, un familiar, o un padrastro.Otro agravante será cuando se transmita una enfermedad sexual, cuando se realice en menor de 14 años, e incluso cuando se realicen sobre el cónyuge o sobre con quien cohabite.

Prostitución

Por inducción a la prostitución, la pena será de 10 a 22 años y la multa, entre 30 y 346 millones de pesos. Cuando se obligue a una persona a prostituirse la pena será entre 9 y 13 años de edad y la misma multa anterior.

Cacería a cuatro violadores

Jairo Manuel Sosa Fonseca, de 38 años, fue el único capturado por la violación de dos mujeres de 27 y 47 años.

Los hechos ocurrieron el pasado domingo en el barrio San Vicente y, según las autoridades, se busca a los otros cuatro implicados que lograron huir.

Mediante engaños, los delincuentes ingresaron a la vivienda donde estaban una empleada independiente y una comerciante y luego abusaron sexualmente de las víctimas.Las autoridades iniciaron un operativo para detener a los delincuentes que alcanzaron a huir.

Sobre Sosa Fonseca, la Policía Metropolitana informó que no tiene empleo, estudió hasta primaria y que su estado civil es soltero.

lunes, 28 de julio de 2008

Entra en vigencia ley que endurece las penas para los delitos sexuales

.
El presidente Álvaro Uribe sancionó la Ley que incluye algunas modificaciones al Código Penal, con lo cual se incrementaron las penas para quienes incurran en delitos de abuso sexual.
.
Un delito como el acceso carnal violento, que contemplaba penas de 8 y 15 años de prisión, ahora tendrá que pagar entre 12 y 20 años de cárcel.
.
El acto sexual violento se endureció de 8 a 16 años de prisión, cuando antes la pena no superaba los 6 años. También se endurecieron las penas para quienes trafiquen con pornografía infantil.
.
Una persona que fotografíe, filme, venda, compre, exhiba o comercialice de cualquier forma este tipo de material, irá a la cárcel entre 10 y 14 años y pagará una multa de por lo menos 133 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir, más de 60 millones de pesos.
.
La reforma también cobija a quienes induzcan a una persona a ejercer la protitución, es decir el proxenetismo, quienes deberán pagar una pena que osila entre los 10 y 22 años y tendrán una multa de por lo menos 30 millones de pesos.

Ley 1236 del 23 de julio de 2008:Aquí.

Entra en vigencia ley que endurece las penas para los delitos sexuales

.
El presidente Álvaro Uribe sancionó la Ley que incluye algunas modificaciones al Código Penal, con lo cual se incrementaron las penas para quienes incurran en delitos de abuso sexual.
.
Un delito como el acceso carnal violento, que contemplaba penas de 8 y 15 años de prisión, ahora tendrá que pagar entre 12 y 20 años de cárcel.
.
El acto sexual violento se endureció de 8 a 16 años de prisión, cuando antes la pena no superaba los 6 años. También se endurecieron las penas para quienes trafiquen con pornografía infantil.
.
Una persona que fotografíe, filme, venda, compre, exhiba o comercialice de cualquier forma este tipo de material, irá a la cárcel entre 10 y 14 años y pagará una multa de por lo menos 133 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir, más de 60 millones de pesos.
.
La reforma también cobija a quienes induzcan a una persona a ejercer la protitución, es decir el proxenetismo, quienes deberán pagar una pena que osila entre los 10 y 22 años y tendrán una multa de por lo menos 30 millones de pesos.