viernes, 2 de julio de 2010

Corte ordenó parar pago de tutelas a los desplazados


La decisión la adoptó al alto Tribunal, con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, al analizar el cúmulo de procesos judiciales que se disponían en contra de Acción Social, sin parámetros claros.

Para la alta Corporación es evidente la disparidad que están manejando los jueces al estudiar este tipo de demandas, y de ahí que haya ordenado medidas cautelares en torno a la materialización de los pagos a las víctimas, que ha visto vulnerada la materialización de sus derechos fundamentales.

La decisión, vale la pena aclarar, no se refiere a la ayuda humanitaria de emergencia sino al dinero que se ordenaba cancelar por concepto de reparación, es decir, los daños sufridos en las personas. La Corte tomó esta determinación al recibir una avalancha de tutelas de desplazados que requerían la reparación integral y la indemnización pronta por todos los daños y perjuicios causados por el desplazamiento.

La Corte encontró que los casos de reparación vienen siendo fallados por los jueces a veces a favor y a veces en contra de los desplazados, generando una violación al derecho a la igualdad de las personas que padecen este flagelo. “Para la Corte es claro, por tanto, que el panorama escrito puede llegar a generar un tratamiento discriminatorio que vulnere el derecho a la igualdad de las víctimas del desplazamiento forzado en materia de reparación integral vía administrativa”, sostuvo la Corporación mediante el auto 207 de 2010.

“Así mismo, encuentra la Corte que los casos de tutela, aunque vengan concebidos, pueden eventualmente generar violación al derecho a la igualdad de las víctimas del desplazamiento forzado, respecto de la garantía del derecho a la reparación, por cuanto las liquidaciones de perjuicio pueden se decididas con criterios disímiles y diversos”, dijo el alto Tribunal.

Esta suspensión será provisional y se reanudará una vez el alto Tribunal emita una sentencia de unificación en la que se pronuncie de manera general sobre los casos que tienen similares condiciones, y en particular, en cuanto a la manera como deben proceder los jueces a la hora de ordenar pagos de este tipo.

La decisión de la Corte se produjo solo un día después que el Gobierno, a través del ministro de Hacienda, Oscar Iván Zuluaga, y el director de Acción Social, Diego Molano, le solicitara declarar que se superó el incumplimiento de derechos para los desplazados.

Molano manifestó que si bien no se ha solucionado el problema del desplazamiento, sí se ha avanzado en puntos que eran críticos; sostuvo que ya hay un mayor presupuesto para enfrentar la situación, se ha superado la falta de capacidad institucional, entre otros; así mismo, aseguró que también le presentaron un plan financiero para enfrentar de forma integral el gran número de desplazados en todo el país.

Según la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), Colombia es el país de América Latina con el mayor número de desplazados internos y Ecuador consigna la mayor cantidad de refugiados, en su mayoría de origen colombiano.

De acuerdo con cifras de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento Forzado (Codhes), en 2009 se registraron 286.389 personas en condición de desplazamiento, 24 por ciento menos que en 2008, cuando se reportaron 380.863 desplazados.


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