TRAS CASI un año de haber sido radicada en el Congreso, en estado agónico se encuentra la iniciativa que busca establecer un mecanismo expedito para resolver los diferendos limítrofes entre departamentos así como entre municipios. De no recibir siquiera el primer debate antes de que finalice la legislatura y, de paso, el cuatrienio el actual Legislativo, el 20 de este mes, se hundirá.
En la actualidad hay 20 diferendos limítrofes entre departamentos pendientes de resolución desde hace años por parte del Senado, algunos de los cuales han llevado a roces entre las administraciones regionales como es el caso del corregimiento de Belén de Bajirá, que se disputan los departamentos de Antioquia y Chocó.
El proyecto se propone dar plena aplicabilidad al artículo 290 de la Constitución Política para el desarrollo práctico de la normatividad referida a los asuntos y problemáticas del territorio, estableciendo el procedimiento idóneo, ágil y práctico para la revisión periódica de límites y la resolución de diferendos limítrofes de las entidades territoriales, en forma técnica y sin afectar funciones de las corporaciones de elección popular sobre la fijación de límites, señala la iniciativa.
El senador Jorge Eliécer Guevara, del Polo Democrático, atribuyó a “los muchos enemigos” que tiene el proyecto, para explicar porqué hasta la fecha no ha recibido su primer debate. “Pero creo que es la única opción para resolver los diferendos”, dijo.
Añadió que el Senado conservará la facultad para resolver los litigios a nivel departamental, pero resaltó que se introducen nuevos mecanismos que hacen más expeditas las definiciones de estos procesos, como es consultar a la comunidad para establecer a qué municipio pertenece. Resultado que se suma a otras pruebas que se adelantan.
“Por ejemplo, tenemos el conflicto Caquetá-Meta, y la gente en una consulta determinará si quiere irse al Meta o quedarse en Caquetá. Igual sucede en Bajirá entre Antioquia y Chocó. La consulta es un mecanismo para que el Senado tome la decisión”, acotó.
Límites
El origen de tal número de controversias obedece a descripciones de límites generales, incompletas, contradictorias, ambiguas o, en algunos casos, inexistentes, lo que conlleva a controversias jurídicas sobre la jurisdicción y la posibilidad efectiva de ejercer su autonomía por desconocimiento de los límites en que está contenida la entidad territorial, lo que afecta directamente intereses o factores económicos de tributación, regalías, transferencias, etc., y su solvencia financiera para contribuir a la satisfacción de las necesidades básicas de sus habitantes, señala el proyecto en su exposición de motivos
Los instrumentos legales o normatividad en materia de deslinde con que cuenta hoy el país, son la Ley 62 de 1939, sus decretos reglamentarios 803 de 1940 y 1751 de 1947, compilados por los decretos 1222 y 1333 de 1986; su aplicación ha sido poco efectiva por la dificultad de conformar comisiones delimitadoras y la falta de ratificación oportuna del límite, dudoso o no, contenido en las actas de deslinde. Las actas no ratificadas han sido consideradas como un documento de trámite, sin fuerza vinculante, aun en los casos en que se ajustan a los textos normativos, señala una sentencia del Consejo de Estado de julio de 1996.
No hay comentarios:
Publicar un comentario