sábado, 5 de junio de 2010

Avalan trato especial a empleados de carrera


De esta manera, la alta Corte declaró exequible el artículo 44 de la Ley 909 de 2004 que trata sobre los derechos de los empleados de carrera.

“A primera vista puede pensarse que como todos los empleados y funcionarios del Estado tienen el rango de servidores públicos, deberían tener el mismo trato por parte del legislador. Sin embargo, observó que la situación de los empleados inscritos en la carrera administrativa tiene varias peculiaridades que los distinguen de las otras categorías de servidores públicos (…) el ingreso y ascenso a los cargos de carrera se basan en el mérito y las calidades de los aspirantes, y el retiro de los mismos obedece a calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo, violación del régimen disciplinario o las demás causales previstas en la Constitución y la ley”, argumentó la alta Corte.

“En ese orden, agregó la corporación judicial, la Corte advirtió que aunque todos los empleados tienen la categoría de servidores públicos, su situación no es exactamente la misma, pues al paso que los empleados inscritos en el Régimen de Carrera Administrativa han sido sometidos a un estricto mecanismo de selección sustentado en el mérito y en el concurso, los demás empleados o servidores no lo han hecho”.

Por último, el alto Tribunal señaló que esta decisión no trae como consecuencia la protección de los empleados públicos que no sean de carrera.

El artículo antedicho había sido demandado “porque la expresión acusada desconoce el mandato de protección del derecho al trabajo allí consagrado, pieza fundamental para el desarrollo de la Nación y punto de partida para el disfrute de otros derechos que garantiza la Constitución Política”.


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