miércoles, 17 de febrero de 2010

No abordan convocatoria a extras para referendo


El Tribunal de lo Contencioso Administrativo dictaminó que no pueden haber dos instituciones revisando un mismo tema, por lo que se declaró incompetente.

COMO INCOMPETENTE se declaró el Consejo de Estado para seguir analizando la demanda contra el decreto que convocó a horas extras en el Congreso para seguir con el debate del proyecto de ley que citó al referendo reeleccionista.

“El Consejo de Estado, en la Sala Plena Contenciosa tomó la decisión de declararse como no competente para conocer ese decreto”, anunció anoche su presidente Luis Fernando Álvarez.

La decisión, según Álvarez, se tomó después que los magistrados llegaran a la conclusión que no pueden haber dos instituciones estudiando simultáneamente el mismo asunto, el cual podría ser definitivo a la hora de ser declarada inexequible o no la norma, pues actualmente la Corte Constitucional le está haciendo un control constitucional al referendo.

El presidente del máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo aseguró que enviará todo el expediente en la mayor brevedad posible a la Corte Constitucional, para que sea ésta última quien lo revise.

La Sala Plena llevaba, hace algunas semanas, evaluando si debía fallar la demanda por fuera del control que está haciendo la Corte Constitucional sobre el referendo y cuya ponencia -que fue presentada a la Sala Plena- es negativa, o si por el contrario como una demanda normal contra un decreto.

La demanda, que había sido interpuesta por el representante liberal Guillermo Rivera, fue asumida por la Sección Primera del Consejo de Estado, pero dicha Sección le solicitó a la Sala Plena del alto Tribunal estudiarla, integrada por 23 magistrados, por ser un tema trascendental y de interés general.

El decreto 4742 fue demandado porque sus efectos entraron a regir antes de que fuera publicado en el Diario Oficial. La noche de 16 de diciembre de 2008, la presidencia de la Cámara anunció que el Gobierno había convocado al Congreso a sesiones extras a partir del 17 de diciembre, lo que efectivamente se cumplió pasados los primeros minutos de ese día. Sin embargo, este decreto fue publicado en la Gaceta Oficial casi 15 horas después, cuando la plenaria de la Cámara había decidido aprobar la ley del referendo.

El pasado 19 de enero, el procurador delegado ante el Consejo de Estado, Roberto Augusto Serrato, le había pedido al máximo tribunal de la Justicia Administrativa no abordar el análisis de la demanda contra el decreto 4742 que citó las sesiones extras del Congreso, porque supuestamente carecía de jurisdicción.

Serrato argumentó que aunque a primera vista el decreto 4742 estaría sometido a control de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en realidad debe ser analizado por la Corte Constitucional, según competencia consagrada en el artículo 241, numeral 2 de la Constitución Política.

Hoy, la Sala Plena de la Corte Constitucional seguirá con la tercera sesión del estudio del referendo reeleccionista. El lunes los nueve magistrados debatieron algunos de los principales argumentos de la ponencia de Humberto Sierra, como son la financiación de la recolección de firmas y la no certificación de la Registraduría.

El magistrado González, que preside el tribunal, señaló que los temas estudiados hacen parte de las 1.500 observaciones que los ciudadanos enviaron al alto Tribunal.

Se espera que, aunque tiene plazo hasta abril para dictar sentencia en el referendo que le abre paso a una segunda reelección del presidente Álvaro Uribe, la Corte tenga una decisión a finales de este mes.


No hay comentarios: