sábado, 6 de febrero de 2010

Salvavidas a morosos honrados


EL pasado 25 de enero la Presidencia de la República sancionó la Ley 1380 o de Régimen de Insolvencia Económica para la Persona Natural No Comerciante. En medio del maremagno de noticias políticas y la controversia sobre los decretos dictados al amparo del estado de emergencia social, la opinión pública prestó poca atención a una norma que está llamada a ser tanto o más importante que la reforma al principio de Habeas Data, que permitió a centenares de miles de personas salir de las listas negras de deudores morosos que manejan las centrales de riesgo crediticio.

Más allá del rimbombante nombre con que fue bautizada la ley, que incluso termina siendo uno de los elementos que se atraviesa en la rápida socialización de sus beneficios, lo cierto es que la nueva norma es un salvavidas para muchas personas que por efectos de la crisis económica y el creciente desempleo, entre otros factores, terminaron abocados a la quiebra o la iliquidez grave.

Este Régimen de Insolvencia abre la vía para que las personas naturales no comerciantes se acojan a un procedimiento legal que les permita, mediante un trámite de negociación de deudas en audiencia de conciliación extrajudicial, celebrar un acuerdo de pago con sus acreedores y cumplir así con sus obligaciones pecuniarias pendientes sin importar su naturaleza, salvo las originadas en deberes alimentarios y los procesos ejecutivos correspondientes a los mismos. Así, aquellos deudores que tienen voluntad de pagar puedan llegar a un acuerdo rápido con sus acreedores, en un plazo de dos meses y uno más de prórroga, todo con el fin de evitar ser embargados, judicializados y que su situación empeore aún más.

Años atrás había entrado en vigencia una norma similar, pero sólo para el caso de empresas y personas jurídicas que si bien atravesaban problemas económicos tenían viabilidad financiera y operativa a mediano plazo.

Según la norma que recién entró a regir pueden acogerse al Régimen de Insolvencia quienes hayan incumplido en el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de sesenta días, o aquellos contra los que ya cursen dos o más demandas jurídicas por esa morosidad. Si hay una voluntad expresa de honrar las deudas, puede acudirse a una instancia de conciliación pública o privada, que iría desde oficinas en las alcaldías municipales hasta consultorios jurídicos universitarios o centros especializados en las cámaras de comercio. Allí la persona que atraviesa problemas económicos pacta cronogramas de cancelación de acreencias financieras, comerciales, tributarias o particulares, cuidando de que el mismo no afecte los mínimos de subsistencia del entorno familiar del deudor. Si se llega a un acuerdo entre las partes, entonces se suspende el cobro de cualquier tipo de interés sobre las obligaciones cobijadas por el acogimiento al Régimen de Insolvencia así como de otros cobros coactivos relacionados con las deudas pendientes.

Como es apenas obvio, la nueva ley no busca incentivar la “cultura del no pago” sino lanzar un salvavidas a la persona que afronta una dura situación económica pero que quiere honrar sus obligaciones con terceros. De allí que sea clave que en la aplicación eficiente de este procedimiento se tomen todas las precauciones que contiene la ley para evitar que el moroso incumpla lo pactado, venda bienes y activos de respaldo o simule divorcios y separaciones conyugales, entre otras maniobras dilatorias. Si los conciliadores fallan en esta instancia de control, todo el modelo se vendrá abajo en poco tiempo por falta de credibilidad y seriedad.

Para frenar abusos se establece, por ejemplo, que máximo una vez cada seis años una persona puede declararse insolvente y que cuando incumpla maliciosamente los acuerdos de pago se expone hasta a penas de prisión.

Lo importante ahora es que el Gobierno nacional expida prontamente los decretos reglamentarios, y que éstos detallen bien los procedimientos y los hagan más expeditos. Una vez esas normas entre en vigencia, las autoridades deben arrancar una campaña pedagógica pública y masiva, para que la ciudadanía digiera los beneficios de la nueva ley y no abuse de ellos. La herramienta, pues, está creada, la clave ahora es enseñarle a la gente a usarla.


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