lunes, 15 de diciembre de 2008

Buena marea para el proyecto de descongestión judicial


Varios de los artículos fueron propuestos por el Consejo Superior de la Judicatura y otros hacen parte de los decretos de conmoción interior proferidos por el Gobierno.

La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y el Consejo de Estado sentaron su postura frente al proyecto de ley que contempla un plan de descongestión judicial radicado por el Gobierno en el Congreso hace tres semanas.

En conversación con EL NUEVO SIGLO, el presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, Jesael Giraldo Castaño, aseguró que varios de los artículos comprendidos en el proyecto fueron propuestos por el Alto Tribunal, como algunos que hacen parte de las medidas proferidas por el Ejecutivo en la conmoción interior -decretadas para hacerle frente al paro judicial-, para que sean incluidas como leyes permanentes.

Entre los decretos del estado de conmoción interior que el Consejo de la Judicatura propuso como leyes dentro del proyecto de descongestión judicial, están la capacidad de los jueces para rechazar de plano las demandas que aparezcan manifiestamente infundadas o cuya caducidad para instaurarlas haya ocurrido; la supresión definitiva de las consultas porque esta, como explicó el magistrado Giraldo, en el fondo implica una desconfianza en el juez de primera instancia, y la entidad o persona que no se sienta conforme con la sentencia la podrá apelar, “pero la consulta no debe mantenerse”, y la desjudicialización de las notificaciones para que ella pueda ser surtida a través de empresas especializadas, públicas o privadas.

El presidente de la Sala Administrativa también hizo referencia a los siguientes puntos contenidos en el proyecto que se encuentra en el Congreso para su debate, por ser iniciativa directa del alto Consejo:

-Se propone la obligatoriedad para las entidades públicas de someter sus decisiones gubernativas a la jurisprudencia reiterada de las altas cortes. Es decir, se trata de evitar el litigio del propio Estado en contra de la jurisprudencia nacional. En este punto, Giraldo aseguró que el Gobierno podría evitarse costosos pleitos.

-Se levanta la disposición de los turnos cronológicos rigurosos para proferir sentencias. De esta forma, los tribunales podrían fallar sucesivamente causas similares cuando existan precedentes jurisprudenciales que así lo permitan. “Esta ha sido otra de las aspiraciones del Consejo de la Judicatura (…) este contiene el proceso efectivo que consiste en que cuando un tribunal se ha pronunciado en determinado sentido, pueda sacar todos los otros fallos en ese mismo sentido pero mediante una forma abreviada”, dijo Jesael Giraldo.

-Se establecerá la capacidad legal para que los magistrados ponentes de una decisión judicial puedan proferir sentencia en sala unitaria, vale decir, sin necesidad de la reunión de todos los integrantes de la corporación. “Esa fue una petición del Consejo para que las Salas de los Tribunales Colegiados se pronuncien solamente en asuntos que sean de connotación nacional, o de trascendencia económica, social, pero que no tenga que pronunciarse sobre todas las sentencias de segunda instancia mediante la presencia de todos los magistrados que conforman una sala de decisión”, sostuvo el magistrado.

No obstante, el alto funcionario dejó sus dudas en dos de los puntos contenidos en el proyecto de descongestión: Uno, en el que se propone que los jueces laborales del circuito puedan ordenar el pago anticipado de las sumas que demanden los trabajadores y que versen sobre sus derechos ciertos e irrenunciables, mientras se decide el fondo del proceso.

El consejero afirmó que es una disposición riesgosa porque sería una anticipación de la sentencia, y si no se somete el mecanismo de protección al empleador, por ejemplo, para que pague los dineros en caso de que el proceso sea favorable, puede llegar a crear situaciones de conducta seria.

Dos, se dispone adelantar prioritariamente el fortalecimiento de la red de las Casas de Justicia y Centro de Convivencia, a fin de brindar mayor acceso de las clases menos favorecidas al sistema de justicia y propiciar los arreglos conciliatorios de causas menores y violencia intrafamiliar.

El consejero de la Judicatura explicó que al estar estas Casas de Justicia bajo la jurisdicción del Ministerio de Justicia, no se sabe cuál es la intención principal de la entidad con esta proposición.

Por último, Jesael Giraldo se refirió a la proposición del proyecto de establecer la figura de los jueces itinerantes para las zonas campesinas y de jornadas programadas en días inhábiles laboralmente, es decir, en días de mercado, ante lo cual dijo que esos jueces ya han sido nombrados en distintas partes rurales de Colombia por el Consejo de la Judicatura, por lo que no haría falta su inclusión en el proyecto de descongestión judicial.

Por otro lado, el presidente del Consejo de Estado, Enrique Gil Botero, manifestó que la Corporación viene elaborando un proyecto alterno denominado Código de lo Contencioso Administrativo que va permitir modernizar y darle más eficiencia a los procedimientos y a la administración de justicia.

Sin embargo, el magistrado aseguró que frente a la inmediatez y la realidad de la congestión que hay en las diferentes jurisdicciones, el Gobierno presentó al Congreso un proyecto que busca agilizar la justicia con varios puntos favorables, haciendo referencia sólo a los puntos de lo contencioso administrativo.


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