viernes, 23 de enero de 2009

Corte Suprema Juzgará Congresistas


Legisladores investigados tendrían más garantías cuando el alto Tribunal dé aplicación en pocas semanas a lo ordenado en una sentencia por la Corte Constitucional.

YA PASÓ en su primer debate en la Corte Suprema el cambio del reglamento interno de la Sala Penal de la Corporación, que dará aplicación a lo estipulado en la sentencia C545/08 de la Corte Constitucional, donde se solicita la creación de subsalas para separar la investigación del juzgamiento de congresistas.

Con una nueva sala de gobierno, la Corte Suprema tiene un proyecto para aplicar lo ordenado por la Corte Constitucional.

El texto es el siguiente:

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por nueve magistrados, conforme lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 270/96 (Estatutaria de la Administración de Justicia), se dividirá en tres Salas de instrucción, compuesta cada una de ellas por tres magistrados en las condiciones que señale la misma Sala Penal, las cuales se denominarán Salas Instructoras 1, 2 y 3, respectivamente.

ARTICULO 2°.- Presentada la notitia criminis y establecida la competencia, se someterá a reparto entre las mencionadas Salas de instrucción, estando a cargo de aquella a la que le corresponda el asunto el adelantamiento integral de la fase de investigación, así como la eventual acusación.

Parágrafo. Los magistrados instructores quedarán impedidos para actuar como falladores en la fase de juzgamiento, debiendo atender en esta segunda etapa alguno de aquéllos la labor que compete al acusador.

ARTICULO 3.- Las funciones de juzgamiento serán cumplidas por los seis magistrados restantes y sus decisiones se adoptarán por mayoría de votos. En caso de empate frente a un proyecto de decisión se sorteará un conjuez.

ARTICULO 4.- Las actuaciones y decisiones adelantadas y adoptadas, tanto en la investigación como en el juzgamiento serán de única instancia y se seguirán y tomarán por las normas reguladas en la Ley 600/00.

ARTICULO 5.- El presente Acuerdo regirá a partir de la fecha de su expedición, será aplicable exclusivamente para delitos atribuidos a los miembros del Congreso de la República y cometidos a partir del 29 de mayo de 2008 y se aplicará hasta cuando el Congreso expida la ley que regule la materia, conforme la sentencia C 545/08.

Con este reglamento, que será sometido a la aprobación de la Sala Plena de la Corte, los congresistas que serían cobijados por esta jurisprudencia son los investigados después de mayo del año anterior.

Es decir, los actuales parlamentarios que están siendo enjuiciados o apenas investigados no podrán gozar de este nuevo reglamento.

Por lo que los juicios como el de la ex representante Karely Lara Vence, seguirá sin modificación alguna, al igual que el de Teodolindo Avendaño y Guillermo León Valencia Cossio.

De igual manera, las investigaciones preliminares que la Sala Penal ha abierto, como las de la Farcpolítica, donde están involucrados las senadoras Piedad Córdoba, Gloria Inés Ramírez y al representante Wilson Borja.

De igual manera la Sala Penal insta al Congreso para que convierta en ley, el mandamiento de la Corte Constitucional.

Este dictamen que la Corte Constitucional profirió el año pasado, fue debido a las demandas de varios congresistas que eran objeto de investigación por parte de la Sala de Casación Penal, y otros que ya habían sido condenados. Varias tutelas llegaron en el 2008 al Tribunal Constitucional, con el argumento de violación al debido proceso de la Corte Suprema, al ser el mismo juez quien investiga y juzga.

Sin embargo, el reglamento actual que sigue el órgano de cierre de la justicia ordinaria, ha sido aplicado desde los mismos inicios de la Sala.


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