sábado, 17 de enero de 2009

Gobierno prepara estrategia para Reforma Judicial


Uno de los retos que tiene el Ejecutivo es propiciar buen ambiente para que el Legislativo apruebe norma de descongestión de la justicia.

LOGRAR UN acuerdo con la coalición uribista, será una de las prioridades del Ministerio del Interior y Justicia antes que inicie este período legislativo, para que sea impulsado el proyecto de ley de descongestión judicial, que dejaría como norma permanente varios de los decretos proferidos en la Conmoción Interior.

A pesar que este estado excepcional fue levantado la semana pasada, el Gobierno quiso que varias de las medidas contempladas ahí, se convirtieran en ley permanente para seguir con el proceso de descongestión de la justicia.

Sin embargo, para que esta iniciativa tenga futuro en el Legislativo, el Gobierno tendrá que hacer un esfuerzo para buscar simpatizantes, en momentos donde la atención legislativa está centrada en la reforma política y el referendo y la oposición advirtió cuando fue declarada la Conmoción que el Ejecutivo buscaría convertir en ley sus decretos y así adelantar la reforma judicial que fracasó el año pasado.

Además, del buen ambiente político que espera el Gobierno para este proyecto de ley depende de la decisión que tome la Corte Constitucional en los próximos días sobre la constitucionalidad de los decretos que expidió el Ministerio del Interior la Conmoción, pues de declararse no ajustado a la Constitución, varias de estas medidas quedarían injustificadas.

No obstante, como lo explicaron fuentes del Ministerio del Interior y Justicia, a pesar que las consecuencias del paro judicial ya fueron conjuradas, el sistema judicial todavía presenta una congestión importante, por lo que la única manera de solucionar este problema es mediante una ley.

Es así, como el Ministerio se propuso que antes de finalizar esta legislatura haya sido debatido este proyecto.

El proyecto contempla entre otros temas que los jueces municipales de pequeñas causas conocerán en única instancia de los procesos administrativos y de sucesión de pequeñas cuantías.

“La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura podrá modificar los valores que determinan la cuantía de los procesos y establecerlos en forma diferenciada, de acuerdo con las categorías de distritos y municipios que consagra la ley”, indica el artículo 2 del proyecto.

Un parágrafo añadido al artículo 20 del Código de Procedimiento Civil quedará así: “El juez, al momento de admitir la demanda, valorará la razonabilidad de las pretensiones y, en caso de estimar que no son razonables, atendiendo a su conocimiento y a la jurisprudencia que ha determinado valores estándar de indemnización, definirá el monto real de las mismas. La cifra así modificada será la que se tome para determinar, para todos los efectos, la cuantía de la pretensión, así como la procedencia del recurso de casación.”

En el artículo quinto se establece que el juez podrá rechazar de plano las demandas que sean infundadas. Esta medida había sido aplicada en el Estado de Conmoción Interior.

Otro artículo tomado de los decretos de la Conmoción es el que tiene que ver con las demandas laborales. “La competencia (para el conocimiento de la demanda) se determina por el último lugar donde se haya prestado el servicio o por el domicilio del demandante, a elección de éste. En los circuitos donde no haya juez laboral conocerá de los procesos el respectivo juez del circuito, civil o, en su defecto, promiscuo.

El proyecto también le da atribuciones al Consejo Superior de la Judicatura, como por ejemplo, la Corporación le dará prioridad a la creación y puesta en funcionamiento de los juzgados municipales de pequeñas causas y competencia múltiple.


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