sábado, 31 de enero de 2009

Empezó aplicación de reforma a la administración de justicia


Entre las medidas que tomó el Consejo Superior de la Judicatura están la práctica de la oralidad en los procesos judiciales y la creación de jueces itinerantes y de descongestión.

PARA DAR aplicación a la reforma de la administración de justicia, el Consejo Superior de la Judicatura ya dictó las primeras medidas de obligatoria aplicación en los distintos juzgados y tribunales.

Estas medidas fueron expedidas por el presidente de la Corporación, Hernando Torres Corredor, ya que el Consejo de la Judicatura es el encargado del gobierno de la rama judicial, que cobija las demás altas Cortes.

Oralidad

“Las actuaciones que se realicen en los procesos judiciales deberán ser orales, las cuales tendrán una mejor aplicación si los códigos de procedimiento establecen procesos por audiencias y diligencias orales, teniendo en cuenta los nuevos avances tecnológicos”, destacó Torres Corredor.

Para el efecto, se crea una Comisión del Proceso Oral y Justicia Pronta, integrada por el Ministro del Interior y de Justicia; los presidentes de las altas Cortes; un senador y un re¬presentante a la Cámara; dos representantes de la academia y un representante de la sociedad civil vinculados a los temas de la administración de justicia, para tratar, entre otros, los procesos orales y por audiencias en todos los órdenes de la jurisdicción.

Plan de descongestión nacional

Le corresponderá a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura redistribuir, respetando la especialidad funcional y la competencia territorial, los asuntos que los tribunales y juzgados tengan para fallo, asignándolos a despachos de la misma jerarquía que tengan una carga laboral que, a juicio de la misma Sala, lo permita.

Así mismo, determinar qué jueces deben trasladarse fuera del lugar de su sede para instruir y practicar pruebas en proceso que estén conociendo otros jueces.
También, contratar a término fijo profesionales expertos y personal auxiliar para cumplir las funciones de apoyo que se fijen en el plan de descongestión.

El magistrado Torres precisó que se espera, en el plazo de dos años, que la Administración de Justicia haya evacuado cerca de 1.300.000 procesos con la aplicación de este conjunto de medidas.

Jueces itinerantes y de descongestión

La Sala Administrativa creará los cargos de jueces y magistrados de apoyo itinerantes en cada jurisdicción para atender las mayores cargas por congestión en los despachos. Dichos jueces tendrán competencia para tramitar y sustanciar los procesos dentro de los despachos ya esta¬blecidos.

Recursos para la Justicia

Torres Corredor destacó también la medida que autoriza al Gobierno nacional para que durante los próximos cuatro años incluya en el presupuesto de rentas y gastos una partida equivalente hasta el 0,5% del Producto Interno Bruto para desarrollar gradualmente la oralidad en todos los procesos judiciales y la ejecución de los planes de descongestión.

Además, fue creado el Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, como una cuenta adscrita al Consejo Superior de la Judicatura, integrado por los siguientes recur¬sos:

Los derechos, aranceles, emolumentos y costos que se causen con ocasión de las actuaciones judiciales y sus rendimientos.

Los rendimientos de los depósitos judiciales sin perjuicio de la destinación del 30% para el Sistema Carcelario y Penitenciario estable¬cido en la Ley 66 de 1993.
Las donaciones y aportes de la sociedad, de los particulares y de la cooperación internacional.

Obligatoriedad de la conciliación extrajudicial

Cuando los asuntos sean conciliables, siempre constituirá requisito de procedibilidad el adelantamiento del trámite de conciliación extrajudicial, lo cual significa que se hace obligatorio proceder a la conciliación en los asuntos que conllevan indemnización antes de acudir a los estrados judiciales.


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