martes, 6 de enero de 2009

Pronto decidirán futuro de Emergencia Social y Conmoción Interior


Aunque la Corte Constitucional entra hasta la próxima semana de su vacancia, ya están avanzadas las ponencias que revisarán los distintos decretos expedidos por el ejecutivo.

EN POCOS días se conocerá la legalidad de los decretos expedidos por el Gobierno el año pasado en el marco de los estados de Conmoción Interior, por el paro judicial, y Emergencia Social, por la crisis de las pirámides.

Así se lo confirmaron a EL NUEVO SIGLO miembros de la Corte Constitucional que están analizando estos dos temas.

Aunque el Alto Tribunal entra a sesionar hasta la próxima semana, las medidas decretadas por el ejecutivo para solucionar el paro judicial, que se adelantó en septiembre y duró 43 días, ya vienen siendo estudiadas desde noviembre.

Sin embargo, la Corte tiene tres meses hábiles, que se cumplen a finales de este mes, para emitir un fallo sobre la constitucionalidad de los decretos de Conmoción Interior expedidos por el Ministro del Interior y Justicia.

Por otro lado, el Alto Tribunal ya había designado en el 2008 los magistrados ponentes encargados de revisar si las medidas expedidas por el Gobierno en la Emergencia Social, que se decretó por las crisis de las pirámides, expedidas a finales del año que acaba de concluir, se ajustan o no a la Constitución.

La Sala Plena de la Corte tendrá que emitir un juicio sobre el tema a finales del mes de febrero.

Esta clase de decretos tienen que pasar por un control de la Corte, la cual tiene como tiempo límite dos meses para estudiar si tales medidas vulneran algún precepto constitucional, que es la tercera parte del tiempo que normalmente posee el Tribunal para revisar una demanda ordinaria contra alguna ley.

Sin embargo, los ciudadanos que sientan que dichos decretos violan alguno de sus derechos fundamentales, pueden interponer una demanda de inconstitucionalidad contra esas medidas.

Estado de Conmoción Interior

El Estado de Conmoción Interior fue decretado por el Gobierno a principios del mes de octubre del 2008 para contrarrestar los efectos que producía el paro judicial que duró mes y medio. Los decretos expedidos por el Ministro del Interior y Justicia les dieron poderes especiales a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para que nombrara y removiera sin restricciones a jueces en todo el país.

De hecho, el Consejo de la Judicatura expidió acuerdos hasta finales del pasado mes de diciembre del 2008 donde creó 18 nuevos juzgados de ejecución de penas en distintas regiones del país.

No obstante, unas semanas atrás la Procuraduría había emitido un concepto donde le solicitaba a la Corte Constitucional que declarara inexequible los decretos expedidos dentro de la Conmoción Interior.

El órgano de control sostuvo que como el paro judicial fue concluido meses atrás, entonces los decretos que fueron expedidos para contenerlo carecen de objeto.
Sin embargo, el presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior, Jesael Antonio Giraldo, salió a la defensa de la Conmoción Interior diciendo que dichas medidas son acorde a la crisis que todavía se siente, pues quedan alrededor de 130 mil procesos sin darles fallo.

“Ya con todos los funcionarios y juzgados trabajando normalmente, todavía siguen represados miles de procesos, no sólo debido al paro judicial sino a la falta de legislación en materia de descongestión”, habían dicho magistrados de la Sala Disciplinaria.

A pesar que la Conmoción sólo tiene un período máximo de duración de 90 días, que se cumplieron a mediados de diciembre pasado, el gobierno puede extenderlo por 30 más, pero aún no se ha decidido con claridad cuando podrían levantarse las medidas extraordinarias.

Según fuentes que ya habían sido consultadas por este Diario, los decretos podrían tener vigencia hasta que la congestión judicial haya sido superada en su gran mayoría.

De todas maneras, la última palabra la tendrá la Corte Constitucional, que repartió a cuatro a de sus magistrados la ponencia de todos los decretos expedidos en el Estado de Conmoción Interior.

Emergencia Social

La Emergencia Social fue decretada por el gobierno a finales del año pasado para contrarrestar los efectos sociales y económicos que dejó el derrumbe de las pirámides.

Los decretos de dicha emergencia dotaron a las superintendencias Financiera y Sociedades de medidas para intervenir de una manera más rápida a las captadoras de dinero y endureció las penas y las multas para los promotores de estos negocios.

Sólo hasta finales de febrero la Corte Constitucional dictaminará si el Estado de Emergencia viola algún derecho fundamental o colectivo, y de esa manera declarará si es exequible o no los decretos expedidos por el ejecutivo.


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