viernes, 9 de abril de 2010

Otra vez obligan al Gobierno a atender población vulnerable


YA SE ha vuelto costumbre que la Corte Constitucional conmine al Ejecutivo a sancionar proyectos de vital trascendencia para las poblaciones más vulnerables de la sociedad. En menos de seis meses, el alto Tribunal ha declarado, en tres ocasiones, infundadas las objeciones presidenciables por falta de presupuesto para iniciativas que buscan un mejor acceso a la salud y atención a víctimas del conflicto armado interno.

El último fallo de la Corte en este sentido, lo dictó el pasado martes, cuando tumbó las objeciones del presidente Álvaro Uribe al proyecto de ley que busca rendir homenaje a las personas desaparecidas y tomar medidas para la identificación de aquellos que han sido enterrados en fosas comunes, con el fin de otorgar un entierro digno.

Para ello, la iniciativa ordena la actualización del Registro Único de Desaparecidos y la creación de un banco genético a cargo del Instituto de Medicina Legal; así como la elaboración de mapas de identificación de zonas en las que se localicen fosas comunes.

La Presidencia de la República había objetado esta iniciativa argumentándola inconstitucional e inconveniente por los costos que representaría.

“En relación con la creación del banco de datos genéticos, debe señalarse que su funcionamiento requiere la organización, procesamiento e ingreso al sistema del perfil genético de la víctima y de sus familiares en primer grado de consanguinidad, procedimiento que de acuerdo con el proyecto, será gratuito. De acuerdo con la Oficina de Planeación del Instituto de Medicina Legal, la sola implementación de lo previsto en el proyecto supone gastos adicionales, sin mencionar aquellos que supone la conservación, almacenamiento y protección de los datos genéticos que ya han sido sistematizados”, se observa en las objeciones.

Sin embargo, la alta Corte argumentó que hacer posible este proyecto no requiere un gasto adicional, sino que está dispuesto en el presupuesto ya ordenado.

Otras objeciones

En noviembre anterior, la Corte Constitucional también declaró infundadas las objeciones presidenciales y conminó al Gobierno a sancionar el proyecto de ley que obliga la atención médica integral y gratuita para todos los colombianos menores de 18 años, que tengan cáncer u otro tipo de enfermedades catastróficas. La ley fue impulsada por estadísticas que mostraban que cada año, unos 1.200 niños mueren de cáncer en el país.

El Ejecutivo había objetado la norma con el argumento de que las disposiciones de la misma Corte ya protegían a los niños y jóvenes enfermos y, sobre todo, por las dificultades financieras que, según el Gobierno, están implícitas en este tipo de normas.

El Ejecutivo siempre ha asegurado que no hay presupuesto para cumplir muchas de las leyes aprobadas y que así se está generando una “desarticulación del sistema de salud”.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional siempre ha respondido que priman los derechos fundamentales de los menores al acceso a la salud, entre otros.

De igual manera, en septiembre del año anterior, la Corte también había declarado infundadas las objeciones del presidente Uribe respecto a la ley que obliga al Estado a financiar el 100 por ciento de los planes existentes en el POS para atender a enfermos de cáncer (Ley Sandra Ceballos), en las que también alegaba falta de presupuesto.


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